Violencia de género: condenan a un hombre a prisión efectiva por reiterados ataques a su ex pareja

El agresor, declarado reincidente, desobedeció medidas judiciales de restricción y atacó a la víctima con un arma blanca en plena vía pública. La Justicia ordenó, además, medidas de protección especiales ante el riesgo latente.

Un fallo judicial en Santa Rosa sentó un precedente de firmeza ante un caso de violencia de género sistemática. Un hombre fue condenado a siete meses de prisión de efectivo cumplimiento tras admitir, en el marco de un juicio abreviado, una serie de ataques brutales contra su ex pareja, ignorando reiteradamente las órdenes de restricción impuestas por la justicia.

La sentencia, dictada el pasado 18 de marzo por el juez de control Gabriel Tedín bajo el legajo 181527, declaró al imputado como reincidente. El acuerdo fue alcanzado entre la fiscal Cecilia Molinari y la defensa oficial, representada por Silvia Annecchini.

El historial de una escalada violenta

Los hechos narrados en el expediente exponen una escalada de violencia que mantuvo a la víctima en un estado de vulnerabilidad constante:

  • El ataque reciente: El 9 de febrero de 2026, alrededor de la 1:30 de la madrugada, el condenado quebrantó la medida cautelar que le prohibía acercarse a la mujer. Tras interceptarla en la vía pública, la agredió físicamente: la tomó del cabello, la arrojó al suelo y la golpeó en el rostro con el cabo de un cuchillo.
  • Antecedente de lesión: El expediente también incluyó un ataque previo registrado el 28 de septiembre de 2024, donde el agresor le provocó una herida cortante en el glúteo que requirió intervención médica con puntos de sutura.
  • Daños y amenazas: La conducta violenta no se limitó a la agresión física. El 8 de enero de 2026, tras una discusión, el imputado causó daños materiales en la vivienda de la víctima al arrojar un ladrillo contra un equipo de aire acondicionado, profiriendo además amenazas de incendio contra el domicilio, hechos presenciados por la hija de la damnificada.

Protección a la víctima

El magistrado valoró el conjunto de los hechos bajo el marco de la Ley 26.485, tipificando los delitos como desobediencia judicial, lesiones leves agravadas por la relación de pareja, daño simple y amenazas simples.

Más allá de la pena privativa de la libertad y el decomiso del arma utilizada, la sentencia incluyó una medida preventiva clave: ante el pedido expreso de la víctima de ser notificada sobre cualquier beneficio de libertad anticipada, el tribunal recomendó que, en tal caso, se evalúe la colocación de un dispositivo electrónico de monitoreo (tobillera) para salvaguardar su integridad física.

La resolución ya fue comunicada al Registro Nacional de Reincidencia y al Departamento Judicial de la Policía (D-5), marcando un freno a una espiral de violencia que, de no ser por la intervención judicial, pudo haber tenido un desenlace fatal.

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