El TIP anuló una condena de prisión a un joven por un abuso sexual

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El Tribunal de Impugnación Penal (TIP) de La Pampa invalidó un fallo que condenaba a seis años de prisión a un joven por un abuso sexual cometido cuando era menor de edad. Basándose en la Ley Provincial 3353 de Procedimiento Penal para Adolescentes, los magistrados determinaron que la Justicia debe priorizar medidas socioeducativas que busquen la «internalización del daño» antes de considerar una pena de encierro.

Un fallo que prioriza la resocialización

La resolución, firmada por los jueces Filinto Rebechi y Mauricio Piombi, junto a las juezas María Eugenia Schijvarger, María Paola Frigerio y María Antonella Marchisio, dejó sin efecto la sentencia del juez de audiencia de General Pico, Marcelo Pagano. El magistrado original había impuesto una pena de seis años de prisión, aunque suspendió su ejecución por un año para que el joven realizara cursos y terapia.

Sin embargo, el TIP advirtió que no se puede discutir una pena de prisión sin antes garantizar el derecho del adolescente a transitar un período socioeducativo y responsabilizador. Según el tribunal, este proceso es un «insumo indispensable» para evaluar si, en el futuro, una pena es realmente necesaria.

Ni impunidad ni absolución

Pese a invalidar la condena carcelaria, el Tribunal también rechazó el pedido de la defensa para absolver al imputado (quien hoy tiene 20 años). Los jueces argumentaron que la absolución no es procedente porque aún no se ha completado el tratamiento tutelar que exige la ley.

Por este motivo, la causa regresará a la Audiencia de Juicio de General Pico para que un nuevo tribunal aplique las medidas previstas en la Ley 3353. El objetivo es que el joven trabaje específicamente en:

  • Perspectiva de género y vínculos sanos.
  • Responsabilidad subjetiva y dimensión del daño causado.
  • Reparación simbólica hacia la víctima.

El espíritu de la Ley 3353

La normativa vigente para adolescentes de 16 y 17 años establece que, al ser declarados responsables de un delito, no deben recibir una pena de prisión inmediata. En su lugar, se establecen pautas de conducta. Solo al cumplir los 18 años, la Justicia evalúa si corresponde fijar una condena de encierro basándose en el resultado de dicho tratamiento.

El TIP concluyó que esta mirada «lejos de procurar la impunidad», busca que la pena funcione como una herramienta de inclusión social y no como un «mero castigo», diferenciándose así del sistema penal de adultos y alineándose con la Convención de los Derechos del Niño y los criterios de la Corte Suprema.

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