Tres años de prisión para Alexis Luján Núñez

La jueza de control de General Pico, Nora Cristina Gómez, condenó a Alexis Luján Núñez, como autor material y penalmente responsable de los delitos de abuso de armas; amenazas agravadas por el uso de arma; portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal y amenazas simples tres hechos, a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional.
Además le ordenó el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta, por el plazo de dos años fijar domicilio y someterse al control del Ente de Políticas Socializadoras y Unidad de Abordaje; someterse a un tratamiento psicológico y abstenerse de comunicarse, contactarse o acercarse respecto de los damnificados.
Las pruebas aportadas permitieron comprobar los hechos ocurridos e investigados en cuatro legajos diferentes.
En el primero se dio por acreditado que el 27 de septiembre de 2020, el imputado arribó, junto a otras dos personas a un bar de esta ciudad. Allí insultó a unas mujeres, por lo que una de las personas que se encontraba en el bar le manifestó que no podía tratar así a una mujer y le propinó un golpe de puño en la boca.
Núñez se retiró, junto a los dos masculinos que lo acompañaban. Minutos después, regresó a bordo de una camioneta, descendió de la misma empuñando un arma de fuego tipo revólver calibre 22, ingresó al interior del bar, se dirigió hacia a la persona que defendió a las mujeres y le manifestó amenazas de muerte al tiempo que efectuó un disparo que impactó en la parte baja del mostrador del bar el damnificado se encontraba detrás del mismo sin producirle lesión alguna.
En los otros tres legajos se comprobó que en tres oportunidades distintas el imputado amenazó a la actual pareja de su ex pareja.
Del informe del Registro Nacional de Reincidencia surge que el imputado no tiene antecedentes condenatorios.
“Como lo marca la ley procesal el acuerdo de las partes es un límite infranqueable para el juzgador en la imposición de penas. En tal sentido, acuerdan las partes que se condene a Alexis Luján Núñez a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, con la imposición de reglas de conducta, a cumplir por el plazo de dos años”, agregó la jueza Gómez.
Finalmente la magistrada ordenó el decomiso y destrucción del arma de fuego secuestrada en la investigación.
El juez de control de General Pico, Heber Pregno, condenó a un hombre de 27 años, como autor material y penalmente responsable del delito de lesiones leves agravadas por haber sido cometidas contra la persona con quien mantiene o mantuvo una relación de pareja dos hechos; a la pena de seis meses de prisión de efectivo cumplimiento.
La sentencia fue dictada a consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por la fiscal Ana Laura Ruffini, el defensor particular Michel Divoy Martin y el imputado. La damnificada- ex pareja del imputado- al ser informada sobre el acuerdo, prestó su conformidad.
Las pruebas aportadas en la causa permitieron al juez tener por acreditado que el imputado ejerció violencia sobre su pareja en dos oportunidades, una el 5 de abril de 2020 y la última el 7 de agosto de este año.
Del informe del Registro Nacional de Reincidencia surge que el imputado cuenta con antecedentes condenatorios.
Sobre la sanción a aplicar, el magistrado agregó que “como lo marca la ley procesal el acuerdo de las partes es un límite infranqueable para el juzgador en la imposición de penas.
En tal sentido, acuerdan las partes que se condene al imputado a la pena de seis meses de prisión de efectivo cumplimiento”.
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