Después de 9 años, Gobierno reglamentó la ley de agricultura familiar

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El Gobierno a través del Decreto 292/2023, reglamentó la Ley N° 27.118 de “Reparación Histórica de la Agricultura Familiar para la Construcción de una Nueva Ruralidad en la república Argentina, que tuvo una sanción en el año 2014.


Lo que pudimos saber desde nuestro medio de comunicación lanoticia.ar que gran parte de los artículos quedaron sin reglamentar, Por ejemplo, el artículo 17 que hace alusión al banco de tierras y el Gobierno estableció: “La ejecución de las transferencias y/o adjudicaciones estará a cargo del INAFCI como autoridad de aplicación de la ley.


Esta ley es una iniciativa de los sectores campesinos que tiene un gran abanico de objetivos, entre ellos el banco de tierra. La autoridad de aplicación es el Instituto Nacional de la Agricultura Familiar, Campesina e Indígena (INAFCI).


Por otra parte, el Gobierno argumentó que la ley exige prevenir y garantizar el acceso y el funcionamiento de todos los servicios sociales como educación, deportes, salud, cultura, discapacidad, desarrollo y promoción social, así como la asistencia social directa.


También, señala que se debe poner en funcionamiento el Centro de Producción de Semillas Nativas (Ceprosena) con los procesos productivos y de comercialización, al desarrollo tecnológico, asistencia técnica e investigación y a la educación, formación y capacitación.

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