Imputan a la mujer que apuñaló a su pareja en Intendente Alvear

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En una audiencia celebrada este jueves en los Tribunales de General Pico, la jueza Ana Laura Rufino formalizó la investigación penal preparatoria contra María del Carmen Ávalo por el delito de «lesiones graves» en perjuicio de su pareja, Roberto Carlos Orellano, a quien apuñaló el pasado 15 de octubre en Intendente Alvear.

A pesar de la gravedad de la imputación, la magistrada dispuso la libertad de Ávalo, con severas medidas restrictivas, ya que tanto el fiscal como la defensa no se opusieron a esta decisión.

El fiscal Juan Pellegrino expuso la versión preliminar de los hechos, que habrían ocurrido entre las 3:00 y las 4:50 horas del pasado miércoles en el domicilio que la pareja compartía en Intendente Alvear.

Según la Fiscalía, la pareja consumía alcohol cuando, tras el retiro a dormir de Orellano, la víctima se habría levantado e intentado forzar a Ávalo a acostarse con él, arrojándole vino e iniciando un forcejeo. En ese altercado, el hombre habría sujetado a la imputada del cuello y mordido su brazo.

Fue en ese contexto que Ávalo tomó una cuchilla y le provocó una herida penetrante en el abdomen a Orellano.

La víctima fue trasladada de urgencia al Hospital Gobernador Centeno, donde fue sometido a una laparotomía exploradora, siendo diagnosticado con una laceración en el colon de carácter grave.

Formalización y medidas

La jueza Rufino formalizó la investigación bajo la calificación provisoria de lesiones graves (Artículo 90 del Código Penal), y de manera subsidiaria lesiones leves, en carácter de autora material.

Aunque Ávalo pasó de demorada a detenida el día anterior, se autorizó su inmediata libertad con medidas sustitutivas, ya que la jueza consideró que no existe riesgo para el desarrollo del proceso penal.

Las condiciones, vigentes por seis meses, son prohibición de contacto, comunicación y acercamiento con la víctima (Orellano); obligación de comunicación semanal con la Oficina Judicial de General Pico para corroborar el domicilio fijado en la ciudad de Córdoba.

El fiscal solicitó, además, un examen físico urgente a la imputada para constatar las presuntas lesiones sufridas en el forcejeo y la extracción de sangre para pericias genéticas de la cuchilla secuestrada en la escena.

La Fiscalía argumentó que la restricción de acercamiento busca proteger a la víctima ante el riesgo de que Ávalo pueda influir en su testimonio una vez dado de alta.

Una vez finalizada la nota, se genera un malestar de algunos lectores masculinos, preguntando ¿porqué no se aplica la Ley de Genero?

Nuestro equipo jurídico nos brindo esta aclaración.

La Compleja Lectura de la Ley Cuando la Víctima es un Hombre.

  1. La Distinción Fundamental: ¿Por qué la imputación de María del Carmen Ávalo es por «lesiones graves» y no se activa la figura de «Violencia de Género»?

Respuesta: Citar a un experto legal. Explicar que la VdG es violencia contra la mujer por su condición de mujer (desigualdad estructural). Cuando el hombre es víctima, se aplica el Código Penal General o las leyes de Violencia Doméstica/Familiar

2. ¿Existe Protección para Hombres Víctimas?: A pesar de no ser catalogado como «Violencia de Género», ¿el sistema judicial protege al Sr. Orellano? ¿Qué herramientas se utilizan?

Respuesta: Explicar las medidas impuestas por la jueza: prohibición de contacto y acercamiento. Conclusión: La ley sí protege al hombre víctima de violencia en la pareja a través de las leyes penales y de protección, aunque no bajo la etiqueta de VdG.

3. La Perspectiva del Agresor y el Contexto: En este caso, la imputada alega un forcejeo previo y una agresión por parte de la víctima. ¿Cómo evalúa la justicia el contexto de la agresión (posible legítima defensa) cuando la mujer es la imputada?

Respuesta: Citar la solicitud del fiscal de realizar un examen físico urgente a Ávalo para constatar las lesiones (mordedura, sujeción). Esto demuestra que la justicia debe evaluar el contexto para determinar si la agresión fue un acto de defensa, lo cual es relevante en cualquier caso de violencia interpersonal

  1. Conclusión: ¿La existencia de leyes específicas de «Violencia de Género» minimiza o invisibiliza la violencia que sufren los hombres en la pareja?

Respuesta: Citar a un sociólogo o especialista en género. La VdG busca visibilizar la violencia estructural contra la mujer. Sin embargo, debe existir un debate sobre si las herramientas de protección y asistencia para hombres víctimas de violencia doméstica son igual de robustas y conocidas que las destinadas a las mujeres.

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